jueves, 8 de marzo de 2018

Constitución política de Colombia

ARTICULO 8

Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo, ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley. 

CASO
La familia de Mariana, de 8 años, desde hace dos meses está a la espera de una llamada que le daría la noticia de un cupo en la Institución Educativa Luis Carlos López, en Blas de Lezo, que cuenta con un programa de inclusión con el que se han visto favorecidos varios niños que presentan la misma discapacidad visual, sin embargo, según conoció El Universal, el centro educativo no abrirá un espacio para Mariana porque supuesta mente no cuenta con el personal suficiente para atender a un estudiante en su condición





ARTICULO 15

 Todas las personas tienen derecho a su intimidad personal y familiar y a su buen nombre, y el Estado debe respetarlos y hacerlos respetar. De igual modo, tienen derecho a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en los bancos de datos y en archivos de entidades públicas y privadas. En la recolección, tratamiento y circulación de datos se respetarán la libertad y demás garantías consagradas en la Constitución. La correspondencia y demás formas de comunicación privada son inviolables. Sólo pueden ser interceptados o registrados mediante orden judicial, en los casos y con las formalidades que establezca la ley. Con el fin de prevenir la comisión de actos terroristas, una ley estatutaria reglamentará la forma y condiciones en que las autoridades que ella señale, con fundamento en serios motivos, puedan interceptar o registrar la correspondencia y demás formas de comunicación privada, sin previa orden judicial, con aviso inmediato a la Procuraduría General de la Nación y control judicial posterior dentro de las treinta y seis (36) horas siguientes. Al iniciar cada período de sesiones el Gobierno rendirá informe al Congreso sobre el uso que se haya hecho de esta facultad. Los funcionarios que abusen de las medidas a que se refiere este artículo incurrirán en falta gravísima, sin perjuicio de las demás responsabilidades a que hubiere lugar. Para efectos tributarios judiciales y para los casos de inspección, vigilancia e intervención del Estado, podrá exigirse la presentación de libros de contabilidad y demás documentos privados, en los términos que señale la ley. 


CASO

El superintendente de Industria y Comercio, Pablo Felipe Robledo, se refirió a la sanción impuesta a Colombia Telecomunicaciones (Movistar) por $766 millones, causada por violar el régimen de protección de datos personales, de la que dijo "es la sanción más alta que se ha impuesto por violar los derechos de habeas data".
Robledo señaló que la multa es por un solo caso, pero que se encuentra agravada por antecedentes sancionatorios a la misma compañía, que tiene "como mínimo" siete sanciones por el mismo hecho.
La sanción es, según explicó el Superintendente, por haberse tardado demasiado en desvincular a un usuario, que había sido suplantado de la base de datos de morosos que manejan las centrales de riesgo.
"No se hizo de manera oportuna, en este caso se tardaron más de tres años lo cual la Superintendencia entiende que es una negligencia gravísima de ese operador en hacer respetar los derechos de habeas data de ese consumidor", aseveró.
El funcionario dijo que "la gran motivación para tomar la decisión", además de la violación de los datos personales, fue la implicación que tiene para una persona el hecho de quedar excluido del acceso al crédito o de comprar bienes y servicios en el mercado, sobretodo a aquellas empresas que para dar crédito examinan las centrales de riesgo en Colombia.
Se trata de un caso particular en la que la empresa violó de manera "grave" y "sistemática" los derechos de los consumidores colombianos, en relación a la protección que ellos deben tener sobre su derecho constitucional de habeas data. 
Finalmente, el Superintendente instó a que "denuncien cuando consideren que sus derechos como consumidores están siendo vulnerados".

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